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Multas de tránsito

Multas de tránsito

Multas de Tránsito

Te enseñamos lo básico sobre qué son las multas de tránsito y los elementos más importantes de ella.

La multa de tránsito está definida por la Ley como la sanción pecuniaria o económica que se impone por incurrir en alguna de las infracciones descritas dentro de la Ley 769 de 2002 y posteriores modificaciones.

El comparendo es la citación a comparecer, mientras que la multa es la imposición de la sanción descrita dentro de la orden de comparendo, y esta se impone si el presunto infractor no impugna el comparendo que le fue notificado.

De conformidad con la norma de tránsito la multa sólo es económica, y esta difiere de otro tipo de sanciones como la amonestación, la inmovilización del vehículo o la suspensión de la licencia de conducción.

Así las cosas, la multa es una las distintas formas con las que la autoridad de tránsito puede sancionar al presunto infractor, más no es la única.

La legislación colombiana establece términos de prescripción para todos los tipos de sanción, y en para el caso de la multa de tránsito la prescripción es de 3 años contados a partir de su imposición, y la revocatoria de la multa se consigue por iniciativa de la autoridad de tránsito o por solicitud hecha por la persona interesada.

Si la multa es pagada dentro de los 5 días siguientes a la imposición del comparendo, ósea si se acepta la comisión de la infracción, se puede pagar esta sanción económica con un descuento del 50%.

En ocasiones el Congreso colombiano profiere leyes que por un periodo de tiempo determinado se pueden pagar las multas con descuento en los intereses o disminución en el valor total de la multa de tránsito.

Los entes de tránsito de todo el país acumulan el registro nacional de multas en el simit, que la encuentras en Google buscando consulta simit.

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